06 Mar, 2023

Estatuto del artista

06 Mar, 2023

NOVEDADES – ENERO 2023 – ESTATUTO DEL ARTISTA

Hola amig@s,

El año viene ha venido cargado de multitud de novedades para nuestro sector que os pasamos a detallar:

Bajada generalizada del tipo mínimo de tributación

Como sabéis desde la aprobación del Estatuto de Artista, todo el personal (actores, figurantes, especialistas y equipo técnico) pasó a tributar con el tipo mínimo del 15%. A partir de ahora, todo el equipo pasará a tener el tipo mínimo del 2%.

Evidentemente, se trata de un mínimo y siempre habrá que garantizar que se retiene lo correcto en función de las retribuciones reales. Nuestra recomendación es que para el equipo artístico (actores), cuyas retribuciones de media son más elevadas, se mantenga el tipo mínimo del 15%. Con respecto al resto del personal, el 2% es nuestro mínimo, y cada empleado elegirá el tipo que se ajuste a su situación personal a partir de ese 2%..

Nueva prestación por desempleo para el sector cultura y artístico

Para todo aquel técnico, actor, especialista, figurante que no tenga derecho a la prestación por desempleo ordinaria, se ha creado una nueva prestación pensada para el sector.

¿Cuáles son los requisitos?

Acrediten estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses.

Acrediten 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación anterior.

¿Cuantía?

Entre 480€ y 600€ en función de cada caso.

NOVEDADES – FEBRERO 2023 – SALARIO MÍNIMO Y COTIZACIÓN ARTISTAS

El pasado día 31 de enero, se publicó la nueva Orden de Cotización para este 2023, con los siguientes aspectos claves, para nuestra actividad:

Nueva base máxima mensual: 4.495,50 euros

Nuevos tramos de cotización en sistema especial de artistas:

Nuevas cuotas de aplicación a contratos temporales: 33,10 %

Adicionalmente y aunque no se publicará, previsiblemente hasta el día 14 de febrero, la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ya es un hecho confirmado, así como su aplicación con efecto retroactivo desde el día 1 de enero, por lo que os comentamos los nuevos cambios, de forma esquemática:

SMI para 14 pagas: 1.080,00 euros

SMI para 12 pagas: 1.260,00 euros

SMI día: 42,00 euros

SMI día con inclusión de parte proporcional de indemnización por finalización de contrato temporal: 43,40 euros

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